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domingo, 5 de mayo de 2013

CUANTÍA AYUDAS CONSOLÍDATE Y TUTÉLATE


Consolídate. Ayudas a la consolidación del emprendedor:

a) El importe de la ayuda destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal de la titular del establecimiento, será de 250 euros/semana hasta un máximo de 24 semanas, si el contrato de trabajo es a tiempo completo, desde la fecha de inicio del contrato del trabajador hasta dieciséis semanas posteriores al parto, adopción o acogimiento, ampliable en caso de parto múltiple y de adopción o acogimiento de más de un menor en 2 semanas por cada hijo a partir del segundo. En el caso de contrato a tiempo parcial, la cuantía de reducirá proporcionalmente.
Esta ayuda en ningún caso podrá ser superior al importe de los gastos derivados del contrato que se formalice, que en todo caso incluirán los costes laborales y sociales.

b) La ayuda destinada al autónomo colaborador del titular del establecimiento, desempleado e inscrito como demandante de empleo, que causa Alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, por ser este su cónyuge o persona con relación análoga de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado inclusive, y en su caso por adopción, será de 1.000 euros.

Tutélate. Ayuda para Asistencia técnica: 

La cuantía de esta subvención, que se concederá de una sola vez, será de hasta el 75 por ciento del coste de los servicios prestados, con un máximo de 2.000 euros. En todo caso se excluye el IVA recuperable.

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