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lunes, 23 de junio de 2014

Si tienes menos de 30 años puedes darte de alta en autónomos y seguir cobrando el paro

La norma general obliga a suspender el cobro del paro si el trabajador desempleado decide darse de alta como autónomo. Sin embargo, hay una excepción en la que se puede seguir cobrando el paro durante 9 meses mientras se trabaja como autónomo: la prevista  para los menores de 30 años. 

Se trata de una nueva medida de apoyo a los jóvenes emprendedores para intentar promover su autoempleo, prevista en el artículo 3º del Real Decreto Ley 4/2013.


¿Quiénes pueden beneficiarse de la compatibilización del paro con el alta en autónomos?
Los trabajadores desempleados menores de 30 años en el momento de darse de alta como autónomos, que no tengan trabajadores a su cargo y que reciban una prestación contributiva.
Este beneficio tendrán que solicitarlo en los 15 días siguientes al alta en autónomos. Si se pide más allá de este plazo no podrán acogerse.
También se abre la posibilidad de que en el futuro se extienda esta medida para otro tipo de trabajadores, a través de algún programa de fomento del empleo para colectivos con dificultades para la inserción en el mercado de trabajo.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el paro y estar dado de alta en autónomos?.
Los jóvenes desempleados que se acojan a esta medida podrán beneficiarse de ella durante un máximo de 270 días, o si le quedan menos días de paro por cobrar, hasta agotar la prestación.   Durante estos nueve meses seguirán cobrando su paro todos los meses mientras que al mismo tiempo están dados de alta en autónomos y ejerciendo su actividad profesional.

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