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viernes, 4 de octubre de 2013

Ayudas a la contratación de duración determinada de trabajadores desempleados en Castilla La Mancha

La Consejería de Empleo y Economía de Castilla-La Mancha establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a crear oportunidades de inserción en el mercado laboral mediante la contratación de duración determinada de trabajadores desempleados en la región.  

Plazo: 16 de diciembre de 2013.


Se establece una cuantía de 3.000 euros por cada contratación subvencionable que se celebre a tiempo completo.

Para contratos de duración determinada, regulados en el artículo 15.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, celebrados a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
 

a) Que su duración inicial sea de, al menos, 4 meses.
b) Que se formalicen con personas desempleadas inscritas y sin ocupación efectiva o sin alta en seguridad social, al menos tres meses de forma ininterrumpida como demandantes de empleo, en las oficinas de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha con fecha anterior a la contratación.
No se considerará interrumpida la inscripción, si en el periodo de tres meses anterior a la contratación, no se hubiera trabajado más de 30 días a jornada completa o parcial, y su alta en la inscripción de la demanda se hubiera producido en el plazo de 15 días desde la finalización de esos trabajos.
Cuando el trabajador por el que se solicite la subvención hubiera finalizado su relación laboral inmediatamente anterior a la contratación subvencionable en la misma empresa, la fecha de baja deberá ser anterior al 1 de septiembre
de 2013.
c) Que la jornada de trabajo no sea inferior a 25 horas semanales de la jornada ordinaria de la empresa.
d) Que, tratándose de contratos por obra o servicio, conste en los mismos la fecha del fin del contrato, a efectos de comprobar el cumplimiento de la duración mínima fijada en el párrafo a).
e) Que, tratándose de contratos por sustitución de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, conste en los mismos la fecha del fin del contrato, a efectos de comprobar el cumplimiento de la duración mínima fijada en el párrafo a)

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